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TARTAGAL Y LOS TARTAGALENSES

TERRORISMO ¿QUE ES?

QUÉ ES EL TERRORISMO
Varias definiciones

En su sentido más amplio, el terrorismo es la táctica de utilizar un acto o una amenaza de violencia contra individuos o grupos para cambiar el resultado de algún proceso político. Ahora bien, el terrorismo puede ser definido de manera más específica tomando en cuenta diferentes aspectos.

Definición gramatical

Según el diccionario de la lengua española, editado por la Real Academia Española: "(del Latín terror) m. Dominación por el terror.// Sucesión de actos de violencia ejecutados para infundir terror".

Definición Histórica

"Época durante la Revolución Francesa en que eran frecuentes las ejecuciones por motivos políticos".

Definición Jurídica

De acuerdo al diccionario de ciencias jurídicas, políticas y sociales de Manuel Osorio: "actos de violencia en contra de personas, la libertad, la propiedad, la seguridad común, la tranquilidad pública, los poderes públicos y el orden constitucional o contra la administración pública".

Definición Militar

"Serie de actos de violencia, destinados a infundir terror por medio de la eliminación de personas. Crea un estado físico y espiritual que prepara a la población para su captación y conquista y que facilita su dominación. El terrorismo tiene un objetivo aparente y sin mayor sentido en sí mismo, como es la difusión del miedo, pero su finalidad real pasada es juzgar al pueblo, a través de la aplicación de un metodología activa y esencialmente torturante".

Definición Política

"No existe una definición política concreta sobre el terrorismo, Los países occidentales cuando internamente se ven afectados, (...) lo incluyen dentro de las figuras tipificantes de violaciones, como delitos contra las personas, la libertad (...). Externamente, cuando deben calificarlos, lo hacen desde dos puntos de vista. El primero, si ellos han acaecidos durante el estado de guerra, estarán dentro de las violaciones a los tratados suscritos, tales como los Convenios de Ginebra de 1949, o de aspectos particularizados, como aquellos que originaron el Acuerdo y Estatuto de Londres, del 8 de Agosto de 1945, determinantes del Tribunal de Nuremberg. Durante el estado de paz, por la aplicación de las normas previstas en la resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en 1974, en la cual se define a la agresión, por la violación de la Declaración Universal de Derechos Humanos


Definir "Terrorismo" - Alejandro Teitelbaum

La Asamblea de la OEA aprobó en Barbados el 3 de junio la Convención Interamericana contra el terrorismo. Lo hizo en tiempo "record", sin discusión y sin escuchar las objeciones y propuestas de algunas ONGs, entre ellas la de postergar el tratamiento del proyecto para permitir un debate abierto. Los Gobiernos del continente allí representados se limitaron a acatar la"voz del amo" ¿Qué es el terrorismo? Podría definirse al terrorismo como la actividad destinada a provocar miedo, pánico o terror con la finalidad de obtener un resultado. En el caso del terrorismo de Estado el resultado buscado generalmente consiste en paralizar o destruir a la oposición política o ideológica y/o en aniquilar a la oposición armada. El terrorismo de grupos generalmente se propone obtener una reivindicación particular o un cambio en la política de un Estado o grupo de Estados. En la(s) víctima(s), los sentimientos de miedo, pánico o terror, puede provocar reacciones instintivas de autodefensa, neutralizar su autonomía de la voluntad e incluso privarla(s) totalmente de discernimiento y/o sentido crítico. El terrorismo del poder existe desde tiempos inmemoriales y ha sido ejercido siempre como instrumento de dicho poder, tanto temporal como espiritual, el que lo utiliza para conservar su dominación y mantener el orden establecido. Los textos religiosos, como el Antiguo Testamento y el Corán, instan a la adhesión de los fieles por medio del temor de Dios e incluso algunos anuncian el terror: "Yo también haré con vosotros esto: enviaré sobre vosotros terror, extenuación y calentura que consuman los ojos y atormenten el alma" (Levítico, 26,16). Tales amenazas, adquirieron formas precisas, de una crueldad inimaginable, dirigidas a los pecadores, a los heréticos y a los "infieles" y se concretaron por medio de la Inquisición y en el filo de las cimitarras de los guerreros mahometanos. La Revolución Francesa institucionalizó el Terror al servicio del nuevo poder, que debía estar, según Robespierre, indisolublemente unido a la Virtud. En la época contemporánea, el ejemplo quizás más vasto y abrumador de terrorismo fue el practicado por el Estado nacionalsocialista alemán. Los pueblos latinoamericanos tienen la experiencia de decenios de terrorismo del poder (o terrorismo de Estado) en América Latina, con su secuela de centenares de miles de asesinados, desaparecidos y torturados, practicado en buena parte por los 60.000 militares formados para esa faena en la Escuela de las Américas y con la complicidad comprobada del Consejo Nacional de Seguridad, del Comité 40 (encargado de las operaciones secretas) y de la Agencia Central de Inteligencia de los Estados Unidos.También el terrorismo de Estado a escala internacional está incorporado a la doctrina militar estadounidense y consiste en paralizar la retaguardia del país que agreden mediante bombardeos aéreos masivos e indiscriminados contra la población civil y objetivos civiles (Vietnam, invasión a Panamá, guerras del Golfo, Yugoslavia y Afganistán), utilizando armas prohibidas, como el napalm, la sustancia naranja, las bombas de racimo, las bombas "segadoras de margaritas", etc. Esta "doctrina" militar no es nueva: el bombardeo terrorista de la población civil lo utilizaron Italia en Etiopía en 1935-36, Alemania e Italia durante la guerra civil española, Alemania y los aliados durante la Segunda Guerra Mundial, etc. De modo que el terrorismo de Estado (o del Poder) ha sido desde la remota antigüedad y es actualmente la forma principal del terrorismo, destinado a preservar el orden establecido y el terrorismo individual o de grupos es generalmente la respuesta al terrorismo de Estado (y no a la inversa). El terrorismo individual o de grupos es mucho más reciente. Como no dispone de los medios materiales ni de los tiempos de que dispone el Poder, es artesanal y busca resultados inmediatos, sin reparar en medios ni en sacrificios. El mesianismo y la irracionalidad de la conducta de sus promotores y ejecutores los lleva con frecuencia a convertirse en instrumentos (generalmente involuntarios) del terrorismo de Estado. Esto ha ocurrido y ocurre en los casos más diversos, tanto en lo que se refiere al terrorismo "rojo" como al terrorismo "negro". Y en no pocos casos se ha comprobado la intervención en tales actividades terroristas de los servicios secretos estatales y, en particular, de la Agencia Central de Inteligencia de los Estados Unidos. Intentos de definición jurídica del terrorismo. Hasta ahora han fracasado todos los intentos para una definición internacional del terrorismo debido, entre otras cosas, a los distintos enfoques, sobre todo políticos, que existen sobre la cuestión. Incluso la reciente Asamblea General de la ONU dedicada especialmente al terrorismo no avanzó en una definición del mismo. En diciembre de 1987 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 42/159: "Medidas para prevenir el terrorismo internacional que pone en peligro vidas humanas inocentes o causa su pérdida, o compromete las libertades fundamentales y estudio de las causas subyacentes de las formas de terrorismo y los actos de violencia que tienen su origen en las aflicciones, la frustración, los agravios, y la desesperanza y que conducen a algunas personas a sacrificar vidas humanas, incluida la propia, en un intento de lograr cambios radicales" Parece más bien una explicación sociológica del terrorismo no estatal que un intento de definición jurídica. Pero en la mencionada resolución de la Asamblea General es muy importante el punto 14 donde se hace una neta distinción entre el terrorismo y la lucha por la liberación nacional, la libertad y la independencia de los pueblos sometidos a regímenes racistas, a la ocupación extranjera o a otras formas de dominación colonial y al derecho de esos pueblos a buscar y recibir ayuda. Además, las guerras de liberación nacional están incluidos en el artículo 1,inciso 4 del Protocolo I adicional a los Convenios de Ginebra, pues están considerados conflictos internacionales y quienes las llevan a cabo deben respetar el derecho internacional humanitario. Y de manera más general, es preciso no confundir el terrorismo con "el recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión", como se dice en el tercer párrafo del preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos. A falta de una definición del terrorismo como delito autónomo, la comunidad internacional ha optado por un enfoque sectorial, definiendo actos particulares, considerados como terroristas, en una serie de convenios internacionales, enumerados en artículo 2 del Proyecto de Convención Interamericana. La ausencia de una tipificación del terrorismo ha permitido a muchos Estados, especialmente después del 11 de setiembre, establecer normas y actuar en la práctica incriminando y persiguiendo actividades que incluyen la protesta social y política y los movimientos de liberación, como si fueran actividades terroristas. En las Naciones Unidas algunos relatores especiales y la Alta Comisionada para los Derechos Humanos han llamado la atención sobre la necesidad de no llevar a cabo la lucha contra el terrorismo a expensas de la vigencia de los derechos humanos. Incluso el argumento del terrorismo se utiliza en la guerra económica que libra la superpotencia contra algunos Estados. El caso más reciente es la inverosímil acusación formulada por las autoridades de los Estados Unidos contra Cuba de que favorece la fabricación de armas biológicas. Esta acusación absurda se explica por el intento de asfixiar económicamente aun más a Cuba, cuyos avances en la investigación biológica y la fabricación de ciertas vacunas son mundialmente conocidos y apreciados. REDH (Red Solidaria por los Derechos Humanos)

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